Principios Fundamentales 

Los principios básicos sobre los cuales se sustenta el trabajo que realiza el CPR, consideran en primer término un compromiso con la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas. En este sentido, se han establecido consideraciones que definen una intervención seria y profesional que se desarrolla en las diversas áreas de acción:

La Compañía asume un compromiso por la integridad de toda persona

Especialmente cuando se trata de niños, niñas, adolescentes y adultos vulnerables. Existe un compromiso por el resguardo de ambientes protegidos de abusos dentro de la Compañía y en cada una de sus obras, para esto se ha llevado a cabo y se sigue realizando un proceso de revisión profunda de estructuras y organizaciones a nivel interno, que favorezca la no repetición de hechos tan dolorosos como el abuso sexual.  En esta línea es que la Compañía se está certificando internacionalmente con la consultora Praesidium, lo que la convertirá en la primera orden religiosa en Chile con una acreditación de esta naturaleza.

La Compañía asume un compromiso con las víctimas.

La Compañía de Jesús asume el deber ético de acoger a las víctimas, ofrecer perdón por el daño generado, además de promover procesos de reparación asociados a los requerimientos particulares de cada víctima.

El deber de Investigar y búsqueda de verdad

Toda denuncia o noticia de algún acto de trasgresión en la esfera de la sexualidad, llevado a cabo por algún miembro de la Compañía de Jesús, debe ser investigado canónicamente y cuando se trate de un niño, niña y adolescente se harán llegar los antecedentes a la justicia civil, tal como lo señala nuestro ordenamiento jurídico.

Validación de los procesos de búsqueda de justicia

El CPR valora y promueve todas aquellas acciones de búsqueda de justicia. Esta justicia se entiende asociada al reconocimiento y acogida de la víctima, a otras acciones asociadas a la justicia restaurativa[1] además del establecimiento de sanciones para el victimario.

Información oportuna, confidencialidad

El denunciante debe ser provisto de información clara y oportuna respecto de las etapas que se inician a partir de su denuncia. Es por esto que existe una comunicación constante y durante todo el proceso entre un representante del CPR y el denunciante. A su vez, el CPR ofrece al denunciante garantías de confidencialidad respecto de su identidad y de los hechos denunciados durante todo el proceso y también luego de éste. Se trata de una confidencialidad al servicio de quien denuncia y por lo tanto se establece en virtud de los requerimientos y necesidades de ésta.

Transparencia y comunicación

Restablecer relaciones de confianza implica un compromiso con la transparencia. En este sentido es importante dar cuenta a la toda la comunidad ignaciana, Iglesia y a la sociedad en general de aquella información relevante respecto de los procesos que se lleven a cabo al interior de la compañía. A su vez, implica dar a conocer dentro y fuera de la Compañía acciones reparatorias que se vayan realizando.

Reparación

La Compañía asume un compromiso con la reparación de las víctimas propiciando espacios de diálogo y escucha constante con cada una de ellas. Estas instancias a su vez, permitirán explorar otros diversos caminos de reparación. En este contexto desde abril de 2019 a la fecha se han llevado a cabo decenas de procesos reparatorios que abarcan diversas dimensiones, en especial, la creación de un vínculo de confianza y definición de acciones simbólicas que ayudan en el proceso de sanación. Así mismo, se ha facilitado la realización de tratamientos psicológicos y psiquiátricos de las víctimas y se han concretado más de 30 acuerdos de reparación económica con víctimas de abuso.

[1] La Justicia Restaurativa es un enfoque participativo de justicia que entiende el delito como una agresión u ofensa contra una persona en particular – y no sólo contra el Estado, como lo entiende el sistema penal tradicional. Asume como ejes centrales de su intervención a) la reparación del daño causado por la ofensa; y b) el protagonismo y participación de las personas involucradas en el delito (victima, ofensor y, en algunas ocasiones, la comunidad) en la toma de decisiones sobre las mejores maneras de afrontar sus consecuencias. Este enfoque puede implementarse, dependiendo de la legislación de cada país y del tipo de delitos que trate, en complementariedad al sistema de justicia ordinario (además de éste), o como una alternativa (es decir, en vez del proceso penal, también conocido como diversificación).